Renovación automática de los contratos de alquiler:

  • Los que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma
  • La prórroga será de seis meses y en ella se mantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor.

Desahucios

  • Se suspenden los desahucios durante seis meses desde la entrada en vigor del Estado de Alarma.

Moratoria en el pago de la renta para  arrendatarios en situación de vulnerabilidad

  • Cuando el arrendador es un gran tenedor (+10 viviendas)
    • La moratoria es automática.
    • Se prolongará mientras dure el estado de alarma o mientras persista la situación de vulnerabilidad, máximo de 4 meses.
    • El inquilino devolverá la cuota o cuotas no pagadas a lo largo de un periodo no superior a tres años (sin penalización ni intereses)
    • El gran tenedor puede decidir si realizar una quita del 50% de la deuda que se ha generado o una reestructuración de la deuda en los próximos tres años
  • Cuando el arrendador tiene menos de 10 viviendas
    • El inquilino podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta. El arrendador tendrá 7 días para aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo.
    • El inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas a través de microcréditos a través del Instituto de Crédito Oficial:
      • Transitorias
      • A coste cero y con el aval del Estado
      • Crédito finalista (directamente pagado al arrendador)
      • Importe de hasta 6 mensualidades de la renta de alquiler
      • Se podrá devolver en seis años con la posibilidad de ampliar a cuatro años más.
  •  Requisitos
    • Estar en situación de desempleo o expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), o haber reducido su jornada por tener que cuidar a otra persona, en el caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
    • En el mes anterior a la solicitud de la moratoria, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no debe superar el límite de tres veces el IPREM(1613,52€); hogar con 1 hijo a cargo 1774,87€; hogar monopaternal 1855,54€; hogar con persona con discapacidad 2151,36€.
    • Que la renta del alquiler, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
    • No ser titular de una vivienda en España (Salvo que sea heredada con otras personas o no se disponga de ella por separación, divorcio…)
  • Acreditar la vulnerabilidad

Documentos a presentar:

  1. Desempleo: Certificado de desempleo donde figure la cuantía mensual percibida.
  2. Cese de actividad de los trabajadores autónomos: Certificado expedido por la Agencia Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, sobre la base de una declaración de cese de actividad realizada.
  3. Libro de familia
  4. Empadronamiento
  5. Nota simple del Registro de la Propiedad que acredite los bienes de todos los miembros de la unidad familiar
  6. Y/o una declaración responsable de que se cumple con todos los requisitos

Listado de las entidades de crédito adheridas a la Línea de Avales Arrendamiento COVID-19 del ICO. AQUÍ

SUBVENCIÓN AYUDA ALQUILER AYTO. MURCIA 2020

Desde el 07 de junio hasta el 6 de julio.

No compatible con otras ayudas al alquiler para los mismos meses.

Requisitos

  • Titulares de un contrato de alquiler en el municipio con una renta inferior a 550€
  • Con nacionalidad española o residencia legal
  • Con empadronamiento en el municipio de Murcia de al menos 1 año
  • Con ingresos mensuales en 2019 entre 0,5 al 2,5 del IPREM (268,92€-1344,6€)
  • La renta del alquiler debe ser superior al 25% de los ingresos
  • Estar al corriente con hacienda, Ayuntamiento de Murcia y Seguridad Social.
  • Tener cuenta bancaria y haber realizado el pago de la renta de alquiler mediante transferencia bancaria.

Documentación a presentar:

  • DNI o Tarjeta de residente/Pasaporte vigentes de todos los miembros de la unidad de familiar.
  • Libro de Familia o certificado de nacimiento de los hijos, certificado de matrimonio o documento que acredite ser pareja de hecho.
  • Informe de Vida Laboral actualizado de todas las personas mayores de 16 años.
  • Contrato de arrendamiento de vivienda.
  • Nota simple del Registro de la Propiedad o Recibo del IBI (solo para los casos en los que la referencia catastral de la vivienda no figure en el contrato de arrendamiento).
  • Justificantes del pago del alquiler de las mensualidad abonadas en 2020 hasta la fecha.
  • Certificado bancario o fotocopia de la cartilla de la cuenta corriente en la que se realiza el pago del alquiler (solo para los casos en los que no figure en el contrato de alquiler o haya cambiado).
  • Autorización firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años para recabar datos de otras administraciones.
  • Certificado de IBAN bancario o documento acreditativo de la titularidad de la cuenta del solicitante de la subvención.
  • Fotocopia de la declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o certificado acreditativo de cotizaciones a la Seguridad Social en caso de autónomos y trabajadores por cuenta propia.
  • Contrato de trabajo en donde conste el salario y/o declaración jurada del empleador del importe mensual del salario.
  • Todas las nominas y/o certificados de retenciones de IRPF de todas las personas de la unidad familiar que hayan trabajado durante ese ejercicio.
  • Declaración responsable de la composición de la unidad de familiar firmada
  • Documentos específicos según circunstancias:
    • Sentencia de separación y/o divorcio y convenio regulador o fotocopia de la demanda presentada ante el juzgado.
    • Medidas judiciales paterno-filiales o fotocopia de la demanda presentada ante el juzgado.
    • Acreditación víctima de violencia de género.
    • En el caso de haber llegado a algún acuerdo entre arrendador y arrendatario, que con motivo de la COVID-19 modifique el precio del alquiler para los meses del estado de alarma o sucesivos: Anexo o acuerdo firmado entre arrendador y arrendatario
    • Cualquier otra documentación necesaria que le sea requerida para el estudio y valoración de la subvención.

ATENCIÓN SERVICIO DE VIVIENDA DEL AYTO. MURCIA

Todos los días de 9:00h a 14:00h.

Cita previa atención presencial:
968358600 extensiones 57061, 57053, 57066.

Atención telefónica:

608615676 y 663959242.

web:

www.serviv.es

Documentos:

Vídeo informativo ayudas. AQUÍ

Vídeo tutorial. AQUÍ

En Rasinet hemos realizado unas infografias con la información esencial de cada una de las medidas en materia de vivienda que se han aprobado hasta ahora. En esta guía recopilamos información que afecta a vivienda: alquiler, hipotecas, pagos, suministros, ayudas…

Información práctica sobre las tarifas especiales y bono social de Aguas de Murcia (EMUASA). Además de consejos útiles para reducir el consumo de agua en el hogar.

Puedes ver la información completa en:

Cómo ahorrar en la factura del agua

El estudio del IDEA, dice que un hogar medio en España consume cerca de 4.000 kWh al año. El 62% del consumo eléctrico se produce por electrodomésticos como los frigoríficos, las lavadoras, las televisiones, sistemas en Standby, hornos, ordenadores, lavavajillas, congeladores y secadoras, y en menor medida por la iluminación y los servicios de calefacción y producción de agua caliente.

Puedes ver la información completa en:

Cómo ahorrar en el recibo de la luz

Ayudas para pagar el alquiler

Ampliado el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda hasta el próximo 30 de abril.

El plazo para la presentación de solicitudes de subvención al alquiler de vivienda 2021 comienza el 12 de marzo de 2021 y termina el 30 de abril del mismo año.

Las ayudas se concederán por un periodo de 12 meses.

Todavía puede presentar la solicitud en http://sede.murcia.es.

Esta ampliación va a permitir a las personas interesadas disponer de más tiempo para presentar la documentación requerida teniendo en cuenta los próximos días de fiesta.

Puedes encontrar toda la información AQUÍ

Nuestra compañera Mica ha sido entrevistada por EAPN-RM en su campaña #Mujerescontralapobreza y ha hablado sobre género y vivienda.

Puedes ver la entrevista completa AQUÍ

José, Zahira , Marina, Inés, Isabel María y Vicente, cursan el grado de Educación Social en la Universidad de Murcia. Jóvenes que derrochan vocación y ganas de trabajar por mejorar la vida de las personas más vulnerables, y así lo han dejado claro con este trabajazo que han realizado dentro de la asignatura denominada, “creación y desarrollo de redes sociales”. Muchas gracias por este material que nos habéis regalado. 

#EmergenciaVivienda

Podéis ver su trabajo AQUÍ

Compartimos con alumnos y alumnas del Ies IES El Carmen – Murcia, el trabajo «UN HOGAR, CINE SOCIAL», realizado por la productora murciana InDirectFilm, una experiencia de lo más enriquecedora, en la que hemos tenido ocasión para debatir y reflexionar con jóvenes, sobre la situación actual del mercado inmobiliario y los problemas con los que se encuentran las familias más vulnerables a la hora de acceder a una vivienda digna. Muchas gracias al instituto por acogernos, al profesorado por su apoyo, y por supuesto, a las chicas y chicos que participaron aportando y enseñándonos para seguir con nuestro trabajo

De la mano de Indirectfilm, con la presentación de su trabajo “UN HOGAR, CINE SOCIAL”. Una experiencia de lo más enriquecedora en la que   hemos tenido ocasión de trabajar con el alumnado de 3ºA del IES El Carmen – Murcia a quienes queremos darle las gracias junto al profesor de esa estupenda clase. Destacar la actuación estelar de nuestras compañeras Claudia y Lola.

Puedes verlo AQUÍ

III CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE ARTE Y DIVERSIDAD

“Desidentificación, Vulnerabilidad, Arquitectura y Habitabilidad”

Organizado por la Fundación Cepaim

Lugar de realización: Centro Párraga, Pabellón 2 cuartel de artillería de Murcia y Auditorio y Palacio de Congresos El Batel, Paseo Alfonso XII, S/N, 30201 Cartagena, Murcia.

PROGRAMA

TRAILER «Un hogar, cine social»